Las elecciones se celebran este domingo en San Juan.

El pasado 25 de junio se votó en Villa Carlos Paz. Un 60 por ciento del padrón habilitado asistió a las urnas y eligió intendente y gobernador; pero el el resto de los electores no acudió y ya corre el plazo para justificar el “no voto” y evitar la penalidad.

Desde la Junta Electoral Municipal Permanente de Villa Carlos Paz, informaron que hasta el 24 de agosto estarán otorgando certificados de “no voto” contemplado en las causales de ley, tanto para las elecciones municipales y provinciales a los electores de Carlos Paz.

Aquellos que deban realizar el trámite, deben asistir a la oficina ubicada en Florida 89, segundo piso, local 205 del shopping Melos.

¿Quiénes pueden justificar la inasistencia a los comicios?

1) Los menores de dieciocho (18) y los mayores de setenta (70) años de edad no necesitan realizan el trámite, ya que para esos rangos etarios la votación no es obligatoria.

2) Los que el día de la elección estaban a más de quinientos kilómetros (500 km) del lugar donde debían votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. En estos casos, para poder justificar deben haberse presentado el día de la elección a la autoridad policial más próxima, y haber obtenido certificación escrita que acredite la comparecencia.

4) Los que por causa de alguna enfermedad o fuerza mayor estuvieron imposibilitados de asistir al acto comicial. Esta causal debió ser justificada por médico de establecimiento sanitario público – nacional, provincial o municipal- y en ausencia de éstos, por médicos particulares.

5) El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento debieron realizar tareas que le impidieron asistir a los comicios. En este caso, el empleador o su representante legal debió elevar al Juzgado Electoral la nómina respectiva con diez (10) días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo por separado la pertinente certificación.

6) Los miembros de las fuerzas de seguridad no empadronados en ninguna de las mesas del local asignado a su custodia.

7) Los extranjeros que no hubieran solicitado su incorporación en el fichero  correspondiente.