Para Diego Casado, el abogado defensor de la presidenta comunal de Cabalango, Carla Bruno, la decisión de la Justicia de procesar a la funcionaria por la muerte de una niña en el balneario de esa localidad en enero pasado se produjo en un contexto con muchas desprolijidades

La fiscal del Primer Turno de Villa Carlos Paz, Silvana Paéz, imputó a Bruno y a otros dos funcionarios de la comuna del delito de homicidio culposo por la muerte de la menor Jazmín Saldaña, de 11 años, ocurrida en el balneario de la comuna en enero pasado.

“Al accionar desprolijo no o se lo achaco exclusivamente la Fiscalía, puede ser también del área de Comunicación del Ministerio Público Fiscal porque sin haber estado anoticiada (la parte) formal y como corresponde, salió una imputación realizada por la web del del Ministerio Público Fiscal sin que absolutamente nadie supiera de esta situación. Hablo de Carla Bruno y de los demás integrantes de la comuna”; remarcó el letrado en diálogo con Carlos Paz Vivo!

Imputaron a funcionarios de Cabalango por la muerte de una niña que se ahogó en el balneario

 

Y acotó: “Cuando hay una imputación, te dictan un decreto de imputación para que vos puedas ejercer tu derecho de defensa y puedas proponer abogado y todo lo demás. Eso no pasó en la presente causa, salió primero la información y recién hoy (por este miércoles por la mañana) a esta hora, Carla Bruno y los demás integrantes está siendo notificados de esta imputación”.

Acceso al expediente

Casado sostuvo que cuando tengan acceso al expediente podrán avanzar sobre los cuestionamientos a los fundamentos de la imputación y podrán intervenir los peritos de la parte que defiende.

“Eso va a determinar que Carla Bruno no tiene absolutamente nada que ver con esta situación. Ella ingresó un 11 de diciembre (como presidenta comunal) y un mes después tiene esta esta problemática. En el hipotético caso de que haya sido causa de la muerte el supuesto caño del que hablan, la pregunta es: qué responsabilidad tiene Carla Bruno si desconocía, no tenía un conocimiento potencial de esto, no tenía previsibilidad de que lo que sucedió podría llegar a suceder”.

El letrado apuntó que el órgano de control de los ríos es la Subsecretaría de Recursos Hídricos y en este caso manifestaron estar al margen porque el control de los ríos corresponde a la comuna.

La publicación del Ministerio Público Fiscal que generó el rechazo de la defensa de la presidenta comunal.

“Habrá que determinar quién tiene la responsabilidad, pero además hay otro tema porque por un lado se habla de que fue un caño, pero también hay testimonios de otras personas que hemos presentado oportunamente, pero que no les han tomado los testimonial”, indicó el abogado de Carla Bruno.

En cuanto a las pericias, sostuvo que se hicieron dos meses después del hecho y, según manifestó, el perito mostró su molestia con esa situación ante la posibilidad de que se hubiera modificado el escenario.

“Habrá que determinar qué fue lo que sucedió con la criatura: hay testigos que dicen que no hubo un deber de resguardo por parte de la familia y que hay otras circunstancias en el medio”, indicó y acotó: “Otros que dicen que fue el caño, y hay pericias que señalan que ni con tres personas se pueden levantar los elementos que obstruía a ese caño”.

Declaración

Por otro lado, el abogado sostuvo que tanto Carla Bruno como los otros dos funcionarios van a comparecer y que su estudio va a ir “desprendiendo el material probatorio” que ya colectó como parte de su estrategia de defensa.