Exif_JPEG_420

La normativa fue publicada en el Boletín Oficial y modifica la reglamentación de la Ley 17.565, la cual regula el ejercicio de la actividad farmacéutica.

Según Diario Uno, esta medida fue anunciada este martes luego de que el presidente Alberto Fernández mantuviera un encuentro con el vicepresidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

Con esta nueva normativa, se faculta “a los directores técnicos y a las directoras técnicas de las farmacias a admitir y dispensar recetas extendidas por todo médico veterinario matriculado o toda medica veterinaria matriculada ante la autoridad jurisdiccional competente según lo establezca la normativa vigente”.

El vicepresidente del Senasa, Rodolfo Acerbi, aseguró: “El reconocimiento de la profesión veterinaria se venía consolidando tras la pandemia. Esta decisión presidencial la ubica en una valoración equivalente a los médicos, lo cual es muy importante. En el ámbito de las ciencias y del concepto de una Salud, el rol de los médicos y de los veterinarios se mancomuna en pos de un mismo objetivo: la salud pública, animal y ambiental”,

Juan Enrique Romero, es el coordinador nacional del Programa Protenencia e impulsor del proyecto de ley, quien junto a entidades veterinarias que agrupan a 25.000 profesionales del sector de todo el país

El veterinario aseguró que “día a día nuestros animales de compañía requieren de una mayor complejidad medicamentosa ante los avances de la medicina veterinaria argentina, cosa que este acto presidencial repara y contempla”, explicó Romero.