La Dirección General de Accidentes de Tránsito Provincial informó el aumento en los montos de las multas de la Policía Caminera. El gobierno fijó el precio acorde al último incremento en los combustibles.

La Ley Provincial de Tránsito 8.560 establece la utilización de Unidades Fijas (UF), que equivalen al menor precio de venta al público correspondiente a un litro de nafta súper.

El anuncio se oficializó a través del Boletín Oficial. Se señaló que conforme a lo informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (FECAC), el gobierno toma como referencia el valor de la súper al 5 de septiembre que es 62,17 pesos.

Con ese precio, el monto de las multas queda determinado de la siguiente manera:

Denominadas “leves”, como conducir fumando, tendrán una franja de sanción monetaria que irá desde los 1.243 pesos a los 6.217 (20 a 100 UF).

Para las infracciones “graves”, como circular sin llevar las luces de uso nocturno encendidas o cruzar un paso a nivel ante la proximidad de un vehículoferroviario o sin respetar las señales de advertencia, el precio irá desde los 6.217 pesos hasta los 12.434.

Y las multas “muy graves” como alcoholemia positiva, no ceder el paso a los peatones o no detenerse ante un semáforo en rojo, los montos tendrán un mínimo de 12.434 pesos y alcanzarán los 24.868.