Durante el receso provocado por el Aislamiento Social,  se excluyeron del hogar a 218 agresores. También se dictaron 749 restricciones y prohibiciones de contacto y comunicación. Se ordenó la entrega de 68 botones antipánico.

Durante el receso, desde la Justicia se adoptaron medidas de protección para víctimas, a fin de hacer cesar o evitar situaciones de riesgo en el contexto de aislamiento social, preventivo y obligatorio imperante. Esto, puesto que resultaba imperioso garantizar el acceso a justicia de personas en condiciones de vulnerabilidad, así como de salvaguardar su vida e integridad personal.
La presidenta del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), María Marta Cáceres de Bollati, dispuso la prórroga automática por el término de 90 días de las medidas cautelares dictadas en casos de violencia familiar y de género. La decisión abarca tanto las medidas vencidas como aquellas a vencerse durante esta etapa de receso judicial extraordinario adoptado en el marco de la pandemia. Se extiende a exclusiones del hogar, prohibición de acercamiento y contacto, otorgamiento de botón antipánico o tobillera; así como a cualquier otra que haga a la protección de la persona con carácter general.

En el interior

Por su parte, también se trabajó conjuntamente con asesores de sedes del interior provincial y la Subárea de Gestión de las Telecomunicaciones, posibilitando que la Asesoría pueda contactar a la víctima por teléfono o correo electrónico para asesorarla y eventualmente, formular los planteos que sean necesarios para la defensa de sus derechos.
Para ello se habilitó un interno IP de cada asesor en turno para que, se derive automáticamente las llamadas de las víctimas de violencia familiar a su teléfono celular. También se creó, por cada Sede, una casilla de correo oficial, a los fines de que las consultas puedan ser respondidas por el Asesor o Agente que preste servicio mediante la modalidad de teletrabajo.
En estos supuestos, una vez formulada la denuncia de Violencia Familiar, se deberá informar a la víctima de la existencia de este número de contacto y del correo electrónico oficial a los fines de formular un requerimiento de asesoramiento jurídico;  garantizando el acceso a justicia y facilitando asesoramiento gratuito conforme lo establece la ley 9283.