La Justicia Federal de Córdoba dio un paso decisivo en una causa que investiga una grave modalidad de vulneración de derechos: la trata de personas bajo la fachada de la maternidad subrogada.
El juez federal N° 2, Alejandro Sánchez Freytes, dictó el procesamiento del director de la clínica de fecundación Fecundart, José Pérez Alzaa, además de su empleada administrativa, Paula Liendo, y el abogado Nicolás Gigena.
«Explotación y desprotección absoluta»
En una resolución que supera las 200 páginas, el magistrado fundamentó el procesamiento basándose en un punto crítico: la distinción entre un acuerdo solidario y una maniobra de explotación. «Si bien no toda maternidad subrogada es delictiva, esta se convierte en trata cuando el acuerdo está mediado por la explotación, el abuso de poder y la desprotección absoluta de la gestante», se lee en el escrito.
El juez Sánchez Freytes fue contundente al señalar que la «instrumentalización del cuerpo reproductivo de mujeres vulnerables con finalidad de lucro» constituye, en este contexto, una modalidad de servidumbre.
El modus operandi según la investigación
De acuerdo con la instrucción, Pérez Alzaa habría utilizado la base de datos de donantes de óvulos de su propia clínica para captar a mujeres que atravesaban situaciones socioeconómicas críticas, como desempleo o precariedad familiar.
A esta acusación se suma el agravante de haber realizado transferencias embrionarias sin la correspondiente autorización judicial, una maniobra interpretada por la Justicia como un intento deliberado de eludir los controles legales sobre el consentimiento informado y la voluntariedad del proceso.
Una «nueva modalidad de trata»
El fiscal federal Carlos Gonela, quien impulsa la investigación, explicó en diálogo con Cadena 3, que este fenómeno representa un desafío para el sistema judicial. Según precisó, el problema central no es la subrogación en sí —que requiere, por ley, una autorización previa y un carácter solidario—, sino el accionar de intermediarios que lucran al unir a las partes.
«El problema está en los intermediarios que cobran por esta mediación, convirtiendo a las mujeres, debido a su vulnerabilidad, en mercancía» sostuvo Gonela.
La investigación se inició meses atrás a partir de una denuncia anónima recibida en la Línea 145, lo que permitió identificar a las víctimas, escuchar sus testimonios y abordar sus condiciones familiares.
El vacío legal como escenario de abuso
Tanto el fiscal como el magistrado coincidieron en un punto crítico: la ausencia de una regulación nacional específica sobre la gestación por sustitución facilita estas prácticas abusivas. Aunque el Código Civil establece parámetros generales, la falta de una normativa clara sancionada por el Congreso desde 2014 ha dejado un marco ambiguo que, en este caso, permitió que la vulnerabilidad de las mujeres fuera capitalizada con fines económicos.
Mientras el proceso judicial continúa su curso, el fallo marca un precedente importante en la protección de los derechos humanos y la integridad de las mujeres ante nuevas formas de explotación en el ámbito de la medicina reproductiva.
Fuente: Cadena 3.





