La Administración Federal de Ingresos Públicos actualizó las franquicias correspondientes al Régimen de Equipaje.
A través de la Resolución General 4331, que se publicó este jueves en el Boletín Oficial, aumentan los montos en todas las vías de acceso, tanto fronteras terrestres como aeropuertos y puertos.
Estos parámetros no se actualizaban desde el año 1994.
Los viajeros que ingresen a nuestro país por vía aérea o marítima estarán exentos de pagar impuestos en la Aduana por bienes que no superen los 500 dólares estadounidenses. En tanto que hasta los 16 años inclusive el límite es de 250 dólares.
Si el ingreso al país es por medios terrestres o fluviales la franquicia es de 300 dólares de la misma moneda y de 150 hasta los 16 años inclusive.
En caso de superar la franquicia los viajeros tendrán que abonar un arancel del 50% del valor sobre el excedente. Por ejemplo, si ingresan al país por vía área o marítima con bienes por USD 600, el excedente es USD 100. En consecuencia pagarán USD 50 en impuestos.
Esta medida se basa e la decisión del Consejo del Mercado Común del Sur del mes pasado de renovar los montos para el tratamiento del equipaje de los viajeros que pasen por la aduana, con el fin de armonizar y consolidar la Unión Aduanera. De esto modo, la Argentina iguala los valores de la franquicias de Brasil.
Cabe destacar que no se producen modificaciones en las franquicias para los free shops de llegada; ni tampoco cambian los límites para el ingreso y egreso de valores, sin importar el medio de transporte.