Según se expresa en el DNU anunciado por Javier Milei, “la cédula, licencia de conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles”.

Asimismo, desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial, aclararon que el DNU no afecta a la Ley Nacional de Tránsito.

Esta ley regula los documentos que son obligatorios para circular por el país. Por lo que no se verían afectados los requisitos para conductores.

Imagen ilustrativa.

Tanto frente a un control de tránsito como para circular por las calles es necesario y obligatorio tener la Licencia nacional de conducir, Cédula verde o azul, Comprobante de seguro en vigencia, Comprobante de impuesto a la radicación de un vehículo (patente) y Constancia de VTV o RTO según corresponda.