La Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial del Ministerio de Industria, Comercio y Minería, informó que ante el aumento de consultas y reclamos en relación al uso de tarjetas de crédito y débito, citará a bancos y procesadoras de pagos a una reunión el 29 de septiembre.
El organismo enviará una acción de oficio a los apoderados de estas entidades notificando la fecha del encuentro.
Al mismo tiempo, debido al aumento de consultas registradas por parte de los consumidores y usuarios durante julio y agosto pasado, Defensa del Consumidor propondrá al Consejo Federal del Consumo una nueva normativa para que dicte el Banco Central, donde se contemple que los bancos reciban y hagan lugar a las bajas de productos y servicios cuando sean solicitadas por los clientes, que podrán o deberán realizar el pago mediante otros medios de que no sea el débito.
Cabe señalar que las principales consultas y reclamos con respecto al uso de tarjetas de crédito y débito están en relación al desconocimiento de compras de productos y/o servicios.
Entre los reclamos más frecuentes, indicaron que se deben a fraudes (compras realizadas por un tercero utilizando maniobras fraudulentas y/o delictivas); contrataciones sin consentimiento de los usuarios, esto es, dispuestas de forma unilateral por un prestador de bienes y/o servicios no solicitados por el usuario; y falta de imputación de pagos realizados por el usuario del sistema.
Acorde a esta situación, Defensa del Consumidor de Córdoba lanzó una campaña de prevención y concientización acerca del uso correcto de estos medios de pago. E insta a los bancos emisores y a las tarjetas de crédito más conocidas del mercado (procesadoras de pagos) a que, a medida que vayan siendo notificadas por esta repartición provincial sobre los reclamos recibidos, procedan a llevar adelante instancias de conciliación a fin de evitar futuras sanciones.
Señalan que “en el 90% de los reclamos sobre esta problemática, el usuario y/o consumidor tiene la razón, por no haber prestado consentimiento para la compra o no ser responsables del accionar de las entidades bancarias que no han adecuado sus sistemas con las medidas de seguridad necesarias para brindar un servicio acorde a los normado en el Art. 19 de la Ley Nacional N° 24.240”.