El Juzgado en lo Civil y Comercial de 45° Nominación, de la ciudad de Córdoba, admitió formalmente una acción de amparo presentada por un grupo de padres de alumnos del Instituto Técnico Renault. La demanda solicita que se mantenga el precio de la cuota mensual escolar en el monto autorizado en junio de 2022 por el organismo de control y que, en virtud de ello, se disminuya el monto de la matrícula correspondiente al período de 2023.
Asimismo, el amparo procura que se deje sin efecto una solicitud efectuada por el Instituto Técnico Renault al Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba para que reduzca el 20% del subsidio o aporte estatal, mediante el pago de salarios docentes. Esto, atento al grave detrimento que dicha reducción provocará en las finanzas de la institución, que será trasladado a las familias que lo integran.
Según la resolución, “se verifica una causa fáctica homogénea o común de afectación y una petición concentrada en los efectos comunes: el eventual derecho al libre acceso a la educación, afectado por el aumento de la cuota mensual a abonar en la Institución educativa Instituto Técnico Renault”.
El tribunal impuso a cargo de las partes la difusión por medio fehaciente de la pretensión colectiva a todos los alumnos –los responsables a cargo- afectados por el aumento de las cuotas mensuales a abonar. También ordenó a las partes que informen a los consumidores los efectos y alcances de la resolución a dictarse.
Asimismo, el juez Héctor Daniel Suárez resolvió que se informe sobre la posibilidad de manifestar voluntad en contrario previo al dictado de la sentencia, con transcripción del artículo 54 de la Ley de Defensa del Consumidor.