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La Justicia de Familia de Córdoba secuestró y remató el vehículo de un progenitor que no cumplía con la cuota alimentaria de su hijo, desde el año 2021.

El niño tiene ahora 8 años y desde su nacimiento, padece una discapacidad motriz irreversible.

Su madre, acostumbrada a transitar pasillos en diferentes órganos administrativos y de salud, jamás imaginó la odisea que tendría que emprender cuando, a fines de 2017 decidió golpear las puertas de la Justicia de Familia para solicitar lo que correspondía en concepto de cuotas alimentarias.

El padre, un progenitor totalmente ausente en la vida del niño, y obstinado al momento de afrontar su obligación prestacional, fue declarado rebelde por la Justicia, según informó a Carlos Paz Vivo!, el asesor letrado de la mujer, Javier Medina Gandía.

Desde entonces, su madre se embarcó en una travesía judicial que jamás pensó que podía durar tanto tiempo.

Su abodago la acompañó con la esperanza de que, luego de sortear innumerables trabas burcráticas, decretos incomprensibles y un proceso judicial casi interminable, finalmente la Justicia fallara a favor del niño.

El progenitor tenía un vehículo a su nombre, pero nada se sabía acerca de su paradero. Gracias al trabajo del Departamento de Sustracción de Automotores, la Policía de Córdoba pudo hallar el automóvil, único bien con que se contaba para afrontar la antigua suma que debía por prestaciones alimentarias.

Medina Gandía señaló satisfecho sobre el caso: “El Código Civil y Comercial en su art. 553 establece que cuando un progenitor incumple de manera reiterada la manda judicial de asumir su obligación alimentaria o su responsabilidad parental, la Justicia puede imponer a ese responsable, cualquier medida que asegure su eficacia, ya que en materia de derecho de las familias se prioriza el interés superior del niño, reconocido en tratados y leyes internacionales con raigambre constitucional”.

En este sentido se procedió en primera instancia, a localizar y secuestrar el vehículo, y luego obtener su posterior autorización judicial para el remate del mismo.

Durante los años que duró el extenso proceso judicial, se generó una abultada deuda por cuotas alimentarias vigentes, por lo que la Justicia decidió destinar el saldo restante del producido del remate, para cubrir ese monto.