Con el verano en plena ebullición se produce el arribo de una gran cantidad de turistas a Villa Carlos Paz y la zona.
En esta época en particular se reaviva la vieja polémica sobre los alquileres temporarios —casas, departamentos y cabañas ofrecidos sin registro ni controles— que genera frustración entre los alojamientos tradicionales de la ciudad.
Hoteles, hosterías y complejos formalmente habilitados consideran que la oferta informal representa una competencia desleal, al operar sin tributar ni cumplir con las exigencias que sí rigen para el resto del sector.
Según relevamiento de Carlos Paz Vivo, se estima que entre un 30% y un 40% de las plazas destinadas a turistas se ofrecen de forma irregular, ya sea a través de plataformas digitales sin controles o por medio de operadores callejeros conocidos popularmente como “arbolitos”, que cada vez se ven menos en las calles.
Ese volumen de oferta informal —que durante una temporada puede mover más de 100 millones de pesos en la economía local— pone en debate la capacidad del municipio para hacer cumplir la normativa vigente.
Ordenanza municipal y requisitos para alquilar
Desde 2021 está vigente en Villa Carlos Paz la Ordenanza Municipal N.º 6.683 que regula los servicios de alojamiento turístico y busca formalizar la actividad.
La norma establece que se considera servicio de alojamiento turístico a la locación de inmuebles con fines turísticos, descanso u ocasionales, por un período no menor a una pernoctación y no mayor a tres meses consecutivos en un año. Incluye casas, departamentos, cabañas y unidades similares destinados a turistas.
Los aspectos centrales de la ordenanza son:
Registro e inscripción
Obligatoriedad de registro: Todos los propietarios o responsables de inmuebles que ofrecen servicios de alojamiento turístico deben inscribir sus unidades en el Registro de Propiedades de Alquileres Temporarios Turísticos del Municipio.
Inscripción en Industria y Comercio: Quienes disponen de tres o más unidades deben además inscribirse como actividad comercial ante el área de Industria y Comercio municipal.
Requisitos
Para ingresar al registro, se exige presentar:
- Copia del título de propiedad o del boleto de compra-venta.
- Original y copia del DNI del responsable.
- Planos aprobados de la propiedad (o en trámite).
- Cedulón actualizado de la tasa municipal de servicios.
En caso de ser locatario, contrato de alquiler con autorización expresa del propietario para explotar la vivienda como servicio turístico.
Que el inmueble no registre deudas tributarias con el municipio (salvo pacto de pago).
La ordenanza también contempla otros requisitos vinculados a infraestructura y condiciones básicas de habilitación.
Beneficios y sanciones
Las unidades inscriptas oficialmente pueden participar en programas de difusión y promoción turística impulsados por el gobierno local.
En caso de incumplimiento, la norma prevé multas desde el equivalente al valor de 200 hasta 2.000 litros de nafta súper YPF, duplicándose ante reiteraciones.
Tres infracciones en un año pueden derivar en la inhabilitación de la unidad para ser comercializada por cinco años.
Lo cierto es que nadie controla que esto se cumpla y, es más, la ordenanza prevé la conformación de una comisión especial conformada por concejales y referentes del Ejecutivo y esta nunca se reunión. Leyó bien: nunca.
Reclamo por falta de controles y comisión sin reunirse
A pesar del marco legal, operadores del sector advierten que la ordenanza se cumple de manera muy parcial y que no existen controles efectivos sobre las unidades que funcionan en la informalidad.
Desde distintos sectores formalmente habilitados señalan que la comisión creada para abordar el tema nunca se reunió ni generó acciones concretas para monitorear la oferta irregular o promover su adhesión a la normativa. Esta ausencia de controles se traduce, según afirman, en una ventaja competitiva injusta para quienes operan sin pagar tasas ni cumplir normas de calidad y seguridad para los turistas.
Empresarios hoteleros y propietarios de complejos sostienen que esta falta de fiscalización distorsiona el mercado local de alojamiento y repercute negativamente en los ingresos de quienes sí tributan y cumplen con todos los requisitos legales.
La discusión sigue
El debate por los alquileres temporarios informales en Villa Carlos Paz no es nuevo, pero cada temporada de verano vuelve a tomar fuerza a medida que aumenta la llegada de visitantes y se pone de manifiesto la insuficiente regulación efectiva del fenómeno. Para muchos, la solución pasa por reforzar los controles municipales, activar las comisiones previstas y actualizar la normativa a la realidad del turismo digital, donde plataformas globales amplifican la oferta local sin filtros.





