La Cámara 1ª del Crimen de Córdoba condenó a 12 años y ocho meses de prisión al oficial de policía Hugo Cánovas Badra por el crimen de David Moreno (13) el 20 de diciembre de 2001 en barrio Villa 9 de Julio de la ciudad de Córdoba, durante los disturbios que culminaron con la caída del presidente Fernando de la Rúa.

El tribunal integrado por Susana Beatriz Cordi Moreno (presidente), Carlos Granda Ávalos y Mario Capdevila convalidó lo que afirmaba la acusación de que Cánovas utilizó cartuchos PG con municiones de plomo para dispersar a la multitud durante una serie de disturbios.

Pese a la condena de prisión, Cánovas seguirá en libertad hasta tanto la sentencia quede firme. El policía, condenado en la tarde de este martes, estuvo tres años detenido, con prisión preventiva.

En tanto, la oficial Daniela Adán recibió una pena condicional de dos años de cárcel por falso testimonio, y su colega Laura Freire fue absuelta. En lo que respecta a los resarcimientos civiles que reclamaron los querellantes, los padres de la víctima, Luis y Rosa Moreno, recibirán 900 mil pesos que deberá pagar Cánovas y, solidariamente, la Provincia de Córdoba como empleadora del policía.

También se compensará económicamente a uno de los heridos por el mismo cartucho que mató a David Moreno, Juan Marcelo Fregenal, quien recibirá 12.500 pesos. Otras dos postas de plomo hirieron a una mujer, Luciana Parra, que no formuló reclamo.

La condena

La fiscal de Cámara María Dolores Romero Díaz mostró su satisfacción con la condena, por el monto de la pena y por haber llegado a sentencia luego de 16 años de aquel episodio, tras meses de audiencias durante la primera mitad del año.

Cánovas, el policía acusado de matar a David Moreno en 2001.

Cabe recordar que la funcionaria judicial había solicitado una condena de 16 años de cárcel efectiva, en virtud de la acusación de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por su condición de funcionario público. Mientras que para Adán y Freire había requerido tres años de cárcel en suspenso y la absolución respectivamente.

Los hechos que se juzgaron, según consta en el auto de elevación a juicio, ocurrieron en la tarde del 20 de diciembre de 2001 cuando en grupo de personas se encontraban frente a un supermercado, ubicado en Villa 9 de Julio en las cercanías de Argüello, aparentemente con intenciones de saqueo, y el oficial Canovas Badra “habría efectuado el disparo” con munición de plomo ante un grupo de corría, entre los que se encontraba David Moreno, quien recibió impactos de bala en cráneo y en el codo izquierdo.

El menor fue trasladado a un dispensario de la zona, en un móvil policial, donde se realizaron maniobras de resucitación pero no se obtuvieron respuestas positivas, y se constató su muerte como consecuencia de un traumatismo craneoencefálico debido a la herida por un proyectil de arma de fuego.

Como consecuencia de la balacera policial también habían recibido heridas de consideración Juan Marcelo Fregenal, Rubén Daniel Fossarelli y Luciana Parra.

Cuando comenzó el juicio, el abogado Marcelo Argañaraz, defensor de Cánovas Badra, había planteado la “nulidad” del proceso de enjuiciamiento, pero la petición le fue denegada.

Fotos: La Voz del Interior.