A dos semanas del violento episodio en el que cuatro personas resultaron con importantes heridas al ser atacadas por un perro dogo en la localidad de Malagueño, resurge la necesidad de saber si en Villa Carlos Paz existen normas que regulen la tenencia de canes peligrosos y cómo se debe actuar si se convive con animales que puedan representar riesgos para la propia integridad de la salud y de la de terceros.

En nuestra ciudad, rige la ordenanza N° 6369 promulgada en julio de 2018, que identifica a los perros potencialmente peligrosos, los caracteriza y establece una serie de obligaciones para los propietarios; obligaciones enmarcadas en un Registro Municipal de Perros Potencialmente Peligrosos; también creado a partir de la presente normativa.

¿Existen los perros peligrosos?

La ordenanza reconoce la figura del perro “potencialmente peligroso”, a los cuales caracteriza en su artículo 12 como animales que “hayan tenido episodios de agresiones a personas u otros animales; los que hayan sido adiestrados para el ataque y la defensa; los que pertenezcan a una raza o sus cruzas que reúnan las características o comportamientos que, de acuerdo a la evaluación de la autoridad de aplicación, ameriten dicha consideración, la que será realizada en un marco etológico (comportamiento animal)”.

En diálogo con Carlos Paz Vivo!, el coordinador del Veterinaria y Zoonosis de la Municipalidad, Roberto Aliaga, aclaró que se los denominan como “potencialmente” peligrosos, porque no existen animales peligrosos por el sólo hecho de serlo.

Y ejemplificó: “He visto caniches que son más malos que un dogo. Lo que lo diferencia es que no es lo mismo que te muerda un caniche, a que te muerda un dogo”. En este sentido, aseveró que no son sólo las condiciones fisiológicas y el tamaño lo que los define como peligrosos.

“Hay animales que son mal educados y eso está dado por la irresponsabilidad de sus dueños. Si tenés un dogo o una raza que tiene potencial mordida y sos irresponsable, tenés un arma potencial. Nosotros concientizamos a las personas para que traten de cambiar la conducta de ese animal potencialmente peligroso”, sostuvo.

Registro Municipal

En este sentido, expresó que la normativa establece un Registro Municipal de Perros Potencialmente Peligrosos, el cual se encuentra funcionando con una determinada cantidad -no mayor- de inscriptos.

Se trata de un registro en el que los animales -según detalla la ordenanza- son identificados “mediante tatuaje o chip, desarrollando de esa forma un sistema de control sanitario de estos animales domésticos”.

Aliaga manifestó que ese registro no es obligatorio, sino voluntario. Y justificó: “es voluntario porque no podemos obligar a las personas a inscribir a sus mascotas. Además, obligarlos sería imposible, porque para serlo se debería realizar un censo en toda la ciudad para ver, casa por casa, quién tiene perro, qué raza y demás”.

Sin embargo, a las personas que registran a sus mascotas, -continuó- “se les da una charla teórica explicando los riesgos, los cuidados y la importancia que se debe tener con ese animal que tiene características que lo llevan a ser considerado potencialmente peligroso. Le damos recomendaciones, cuidados, le hacemos el control de la vacunación antirrábica, que nos corresponde como agente de Salud Pública”.

Penas e infracciones

El funcionario aclaró que estar inscripto en el registro, no significa que el dueño esté amparado legalmente en caso de que su mascota potencialmente peligrosa realice ataques.

“La ordenanza dice que, tengas el animal que tengas, sea o no potencialmente peligroso, lo tenés que tener en el interior de tu casa, que no circule por la vía pública y que tenga, por ley, la vacuna antirrábica al día. Entonces, ante la Justicia vas a estar amparado si se cumplen esas obligaciones”.

Sin embargo, fuera del ámbito penal, la misma normativa en su artículo 13 prevé sanciones económicas de entre mil y quince mil pesos a los propietarios de perros potencialmente peligrosos.