A través de la Cámara Sexta de Apelaciones en lo Civil y Comercial, por mayoría, se confirmó una sentencia de primera instancia que ordenaba retirar a dos perros de raza american staffordshire terrier de un barrio cerrado. Este se encuentra al sur del Valle de Punilla. Por su parte, los canes son considerarlos peligrosos para los vecinos y otros animales de compañía.

Fue así que informaron que los camaristas, Walter Adrián Simes y Julio Sánchez Torres, rechazaron la apelación de la dueña de los animales contra el fallo que había hecho lugar a una “acción preventiva del daño”, llevada a cabo por las autoridades del loteo.

Apoyo y justificación de la sentencia

El día de la sentencia, el vocal Simes remarcó que los perros “se escaparon en cuatro oportunidades de su domicilio y arremetieron gravemente contra otros animales que paseaban con sus propietarios”.

También contaron que atacaron a un guardia de seguridad que “tuvo que treparse a un pilar de luz para evitar una posible agresión”.

Fue allí, cuando el magistrado señaló que, “pese a que los perros hayan recibido entrenamiento y obedezcan a su dueña, cabe la posibilidad de que al sentirse amenazados puedan atacar otros animales (lo que efectivamente aconteció conforme fue acreditado en autos), e incluso a seres humanos (como indicó el perito veterinario)”.

Además, resaltó que en el barrio “habitan muchas familias con niños para quienes el ataque de un perro o un tarascón puede ser letal o representar un daño de gran magnitud”.

Finalmente, el magistrado amplió la resolución de primera instancia y prohibió a la demandada tener en el barrio caninos que tengan una similitudes respecto a los que ordenaron retirar.

Por su parte, el vocal Sánchez Torres remarcó que los episodios protagonizados por los perros american staffordshire terrier “no fueron hechos aislados y causaron temor en los vecinos”.

Voto en contra a la sentencia

En el voto en disidencia, el camarista Alberto Fabián Zarza sostuvo que si bien en un primer momento la acción preventiva de daño se encontraba justificada, la situación habría cambiado ya que “la propietaria de los perros adoptó las medidas de seguridad requeridas para la tenencia de este tipo de animales peligrosos”.

La demandada acreditó en la causa que, actualmente, su inmueble se encuentra cercado con un alambrado de dos metros de altura que posee un muro de hormigón en la base.