Desde este jueves, en La Falda se abrirán los comercios, las actividades profesionales y las obras privadas a partir de que fue considerada zona blanca por el COE Punilla.

Todo esto se hará en un marco de estrictos protocolos de bioseguridad dictados dentro de la nueva fase de “segmentación geográfica” de la cuarentena por el coronavirus.

El siguiente es un detalle con las nuevas modalidades de trabajo y atención, para cada sector:

Comercios

–    Incluye a todos los trabajadores del ámbito comercial, cualquiera sea su actividad, pero que no impliquen permanencia del cliente en el local comercial.
–    Se debe limitar el número de personas en ambientes de trabajo y el tiempo de exposición de los trabajadores al mínimo indispensable.
–    Los trabajadores siempre tendrán a su disposición las instrucciones escritas en su ámbito de trabajo y se colocará cartelería que contenga información acerca del procedimiento que habrá de seguirse ante un accidente o exposición a un caso sospechoso o confirmado, como así también en caso de que el trabajador presente síntomas de COVID-19.
–    En ningún caso el horario de cierre podrá extenderse de las 16:00, siendo el horario de apertura las 8:00.
–    Los días pares podrán concurrir las personas cuyo DNI sea par, mientras que los días impares podrán concurrir personas con terminación impar.
–    Quedan exceptuados de estas medidas, los mayores de sesenta años, que deberán respetar la cuarentena obligatoria.
–    Los locales comerciales deberán facilitar dispositivos para higienización de manos para el personal y público concurrente e intensificar la frecuencia de limpieza diaria.
–    Se deberán garantizar medidas de distanciamiento social y/o rotación de personal debiendo mantener mínimo dos metros de distancia entre una persona y otra.
–    Se prohíbe el saludo con contacto físico de toda índole y compartir el mate y elementos personales para alimentación y limpieza.

Obra privada

–    Sólo se permitirá el trabajo constructivo de lunes a viernes entre las 8:00 y las 14:00, en aquellas obras nuevas o en construcción donde no resida ninguna persona o grupo familiar, quedando excluidas las obras de ampliación y/o refacción de inmuebles habitados.
–    Quienes retomen las actividades de una obra ya comenzada, o inicien una nueva, deberán solicitar un permiso en la oficina de Obras Privadas del Municipio.
–    Se deberá hacer hincapié en las medidas de bioseguridad y evitar el “amontonamiento de personal”. Las compras de materiales deberán realizarse “vía online o telefónica”, aunque dentro de la localidad donde esté ubicada la obra.
–    La cantidad de personas afectadas a la obra no podrá superar las cinco -en caso de necesitar más deberá solicitarse un permiso especial- y no podrán trabajar en forma simultánea en un mismo espacio. Mantendrán la distancia mínima de dos metros entre ellos y deberán residir en la misma localidad donde está ubicada la obra.
–    Quedan prohibidos los tradicionales “asados de obra” y los trabajadores deberán disponer de un cambiador, a fin de asegurarse que la ropa de traslado no sea la misma que la de trabajo.

Profesionales independientes

–    Escribanos, contadores, abogados, arquitectos, ingenieros, agrimensores, corredores inmobiliarios, gestores matriculados y martilleros podrán desarrollar sus actividades entre las 8:00 y las 16:00 en su estudio, oficina o domicilio particular, y deberán cumplir con todas las medidas de higiene.
–    Tendrán prohibido todo tipo de contacto físico con sus clientes, garantizando las medidas de distanciamiento de dos metros.
–    Las consultas con los clientes deberán ser realizadas, en la medida de lo posible, mediante medios telefónicos, virtuales y similares. En caso de ser imprescindible la atención de modo presencial, podrán hacerlo sólo dos días a la semana, no pudiendo recibirse más de dos clientes por hora y con turno previo preacordado.
–    Se prohibirá el traslado de profesionales a otras localidades y el mismo se circunscribirá exclusivamente al cumplimiento de sus funciones profesionales, limitándose al espacio comprendido dentro de lo estipulado como “zona blanca”.
–    En cuanto a los empleados en relación de dependencia, se procurará la modalidad de trabajo “Home Office”. En caso de que deban contar imprescindiblemente con la asistencia presencial de sus empleados, podrán convocarlos, siempre que no se encuentren en los grupos de riesgo y en número no superior al 50% del plantel. Los empleados deberán contar con una constancia firmada por su empleador para que la autoridad policial permita su desplazamiento.

Fuente: La Estafeta On Line