El artículo de la ordenanza 13.143 sirve para justificar la ausencia o el abandono del puesto de trabajo de quienes tengan dificultades o malestares generados por la menstruación.

El beneficio se suma al Estatuto del Empleado Municipal de Córdoba. Se trata de unos 12 días al año de licencia y es un avance en lo que respecta a los derechos dentro del ámbito laboral, conquistado por las mujeres.

Dicha ordenanza, fue aprobada por unanimidad en el Concejo Deliberante. Los únicos dos ediles que se opusieron a ese inciso fueron Rodrigo de Loredo y Esteban Bría.

La autora de la iniciativa es Soledad Ferraro, concejala del bloque de Hacemos por Córdoba, pero fue presentada inicialmente por Alicia Migliore, del bloque Córdoba Cambia.

La ordenanza fue promulgada por el intendente de Córdoba Martín Llaryora y se espera que se reglamente por el Departamento Ejecutivo.

El viceintendente Daniel Passerini explicó que se trata de una “adecuación del estatuto y del Código de Ética” que incorpora además cuestiones de violencia de género, violencia familiar e incumplimiento de la cuota alimentaria.

“Por ejemplo, se sancionará a los empleados municipales que registren fallos y sentencias de violencia de género o acoso, y se reglamentó el reconocimiento a las víctimas de estos crímenes”, indicó Passerini a Cadena 3.

Además, se deberá tener el certificado de antecedentes limpio y no figurar en el registro de deudores de cuota alimentaria.

Día de licencia por menstruación

Respecto al día de licencia menstrual, aseguró que “se reconocerá ese día como remunerado”.

“Como médico, puedo afirmar que si bien el estado menstrual en las mujeres es normal, hay muchas patologías o estados concomitantes que pueden generar dolores intensos y hemorragias que hacen que la agente no esté en las mejores condiciones”, argumentó y aseguró que la medida tuvo amplio consenso.

Fuente: Cadena 3.