La Justicia emitió un fallo a favor de la periodista en una demanda realizada por el propio economista, rechazada tanto en primera instancia como en la apelación.

Cuatro años después de que Martín Redrado iniciara una demanda a Agustina Kämpfer por supuestos daños y perjuicios a raíz de unos dichos de la conductora de noticias, el economista recibió un fuerte revés por parte de la Justicia, que rechazó en dos instancias su desmedido reclamo.

De esta manera, Redrado, no pudo probar ni el daño ni el perjuicio que adujo para impulsar la acción legal que acaba de perder, así como tampoco hacerse de los 500 mil pesos que pretendía recibir.

Según destaca el fallo de público acceso, el 9 de marzo de 2019 Agustina le concedió una entrevista radial a Catalina Dlugi, con motivo de la movilización masiva del día anterior, el Día Internacional de la Mujer. Allí, la conductora de Algo que Contar (IP Noticias) abordó, con pesar, un conflicto laboral impulsado por el ex presidente del Banco Central, según informa Revista Pronto.

Intentando limpiar su nombre, Redrado le inició una demanda que no convenció al juez, quien incluyó un destacable análisis con perspectiva de género en el fallo que da a Kämpfer (representada por el Dr. Federico Fleitas), por victoriosa.

“Al tratarse de personas públicas, los hechos pueden tener difusión (…), llevando un mensaje cuanto menos peligroso para otras mujeres que decidan actuar en la esfera pública, que sería mejor callar que decir lo que se piensa, en el debate público mi voz puede tener consecuencias patrimoniales, es más conveniente no intervenir, propiciando así, la autocensura que tanto se quiere evitar y la exclusión de la mujer de los espacios públicos”, remarca uno de los párrafos del escrito

En este contexto, el juez Ignacio Rebaudi Basavilvaso destacó: “Las obligaciones que, como juez me competen, deben ser acompañadas de una mirada de género en el delicado ejercicio de la función, como modo de sensibilización más amplio y para coadyuvar en prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres, en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos. Por todo lo expuesto, corresponde rechazar la demanda”.

Hasta el momento, ninguna de las partes se ha manifestado respecto de la resolución.

 

 

 

Fuente y foto: Revista Pronto