La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Zárate-Campana desestimó el pedido de hábeas corpus presentado por la defensa de Claudio Contardi, condenado a 19 años de prisión por el abuso sexual agravado contra Julieta Prandi. La solicitud buscaba la libertad o la prisión domiciliaria y fue rechazada en menos de 24 horas.

El tribunal consideró que el hábeas corpus es un recurso excepcional que solo corresponde en casos de detención manifiestamente arbitraria o ilegal, y que en este caso la privación de la libertad fue ordenada por el mismo tribunal que dictó la condena, existiendo aún vías recursivas ordinarias para impugnarla.

La defensa había argumentado que la detención era arbitraria, ya que el fallo no estaba firme y el acusado se presentó voluntariamente ante la Justicia. También expuso una situación familiar delicada: Contardi es padre de una beba nacida en julio y su pareja atraviesa un cuadro de depresión, por lo que solicitó considerar una perspectiva de género y los derechos del menor.

Con esta resolución, Contardi continuará alojado en la Alcaidía N°3 de Melchor Romero, en La Plata. La decisión trajo alivio a Julieta Prandi, quien se encontraba muy angustiada al conocerse la presentación del recurso, pero recuperó la calma tras conocerse el rechazo.