El anuncio más novedoso del discurso pronunciado hoy por el intendente Esteban Avilés para abrir las sesiones del Concejo de Representantes fue el anticipo de que en los próximo días enviará un proyecto de enmienda de la Carta Orgánica para que se elimine la elección por voto popular de la figura del Defensor del Pueblo.
En la parte final de su alocución, el intendente ponderó el accionar de la institución que funcionó como una aliada del municipio en su batalla contra la Cooperativa Integral.
“La Defensoría del Pueblo de Villa Carlos Paz ha demostrado una fuerte legitimidad en su relación con miles de vecinos de la ciudad que se acercaron en busca de soluciones”, dijo.
Y luego planteó: “Estos pedidos han estado vinculados a la mediación, la defensa del consumidor, acciones relacionadas con el ambiente especialmente a las graves irregularidades cometidas por la Cooperativa Integral en lo que respecta a capitalización y compensación en los servicios de agua y cloacas, siendo determinante el accionar de esta institución para que los carlospacenses reasumamos el servicio de agua y cloacas en la ciudad”.
Diferenciar y cambiar
Sin mencionar en ningún momento al defensor del Pueblo reelecto, Víctor Curvino, Avilés sostuvo que es “es importante diferenciar el valor institucional, el desempeño y el accionar de la Defensoría de los procesos electorales que han tenido una baja participación, mostrando un fuerte desinterés en que la elección sea a través del voto popular”.
Luego planteó que enviará un proyecto de enmienda para revisar y cambiar el modo de selección del Defensor del Pueblo y su adjunto y las remuneraciones que perciben. El ombudsman gana el mismo sueldo que el intendente.
Lo dijo del siguiente modo: “Esto no nos impide reconocer que la ciudadanía, aunque apoya la institución y la utiliza activamente, no aprueba el sistema electivo actual de la defensoría del pueblo. En los próximos días voy a elevar al Consejo de Representantes un proyecto de enmienda de la Carta Orgánica Municipal para modificar el mecanismo de elección de defensor del pueblo y su régimen de remuneración”.





