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Prohíben los caños de escape libres o modificados en un municipio de Punilla

Es en La Falda y la ordenanza fue aprobada por unanimidad de los concejales.

El Concejo Deliberante de La Falda aprobó este miércoles por unanimidad la prohibición para la circulación de vehículos que “causen, produzcan o estimulen” la emisión de ruidos molestos.

Alcanza a todos aquellos que utilicen caños de escape libres o modificados en espacios públicos o privados de la ciudad.

De esta manera, según específico La Estafeta Online, los autos, motos y vehículos de gran porte que provoquen ruidos por encima de los decibeles permitidos serán sancionados con una multa cuyo mínimo se fijará en 40 UM (Unidades de Multa) y su máximo en 200 UM.

Además, la jueza de Faltas tendrá la facultad de establecer la inhabilitación para conducir hasta por un año con la retención del vehículo.

En la norma se considera causantes de ruidos molestos a los vehículos o motos que circulan sin silenciador de escape o con el mismo alterado por la colocación de un dispositivo; los que tienen ajustes defectuosos o desgastes en su funcionamiento; los que producen aceleradas a fondo, aún “con pretexto de ascender por calles en pendiente, calentar motores o probarlos”, o los que sean detectados con el motor en marcha en altas revoluciones.

Justificaciones

La iniciativa, impulsada por el bloque de Juntos Por la Falda, tuvo en cuenta los datos aportados por la Comisión Intersectorial para la Prevención de Lesiones Accidentales (CIPLA) y estudios de la Organización Mundial de la Salud sobre los riesgos a la exposición de las personas a la contaminación sonora.

Además, en los considerandos advierte sobre los “fuertes reclamos recibidos de los vecinos respecto a los ruidos molestos”, que generan “molestias y afecciones, en especial de los sectores más vulnerables” a este tipo de contaminación, como los adultos mayores, personas con enfermedades, capacidades diferentes, niños, niñas, adolescentes y animales.

La autoridad de aplicación será el Área de Inspección General, que depende de la Secretaría de Desarrollo Institucional. Estará autorizada a “retener y controlar” los vehículos que circulen por la ciudad, estén o no registrados en el municipio.

En el caso en que se comprueben infracciones, las remitirá al Juzgado Administrativo Municipal de Faltas, que podrá disponer el retiro y retención de los escapes libres o dispositivos irregulares, debiendo el titular instalar un caño de escape reglamentario y homologado para poder retirar el vehículo.

La norma comenzará a regir a partir de los 90 días de su promulgación e incluirá una campaña de concientización.

También se prohibirá a los comercios locales la “venta y colocación” de caños de escape no reglamentarios, quedando expuestos a las mismas multas establecidas para los vehículos.

Fuente La Estafeta Online