Ya se presentaron amparos contra la Ley de Trata

 
Ya comienzan los amparos de whiskerías y trabajadoras sexuales
Ya comienzan los amparos de whiskerías y trabajadoras sexuales
Hubo presentaciones en Río Segundo y Córdoba. En el primer caso, la magistrada admitió el recurso aunque no hizo lugar a la medida cautelar.
La justicia de Córdoba ya comenzó a recibir los primeros amparos en contra de la Ley de Trata de Personas, que fue sancionada el pasado 30 de mayo y prevé el cierre y clausura de todas las whiskerías y prostíbulos de la provincia.
La sede judicial de Río Segundo fue la primera en receptar un amparo que interpusieron los dueños y cuatro trabajadoras sexuales que prestan su servicio en un prostíbulo ubicado en la localidad de Oncativo.
En tanto ayer, en el Juzgado Civil y Comercial de 41ª Nominación de Córdoba Capital se tramitó el segundo amparo, en este caso de los dueños y seis trabajadores sexuales del bar nocturno Tiffany.
En el primer caso, la jueza María de los Ángeles Palacio de Arato resolvió admitir el amparo aunque rechazó la medida cautelar porque esta no había sido reglamentadaal momento de la resolución -algo que finalmente ocurrió ayer por la tarde- y que la ciudad de Oncativo aún no adhirió a ella.
El abogado Miguel Ángel Juárez Villanueva aseguró a Comercio y Justicia  que para hoy prevé interponer otro recurso de amparo en la Justicia de Río Cuarto (por un prostíbulo ubicado en Adelia María) y en los próximos días hará lo propio en Jesús María.
En su presentación, los amparistas tildaron la ley como inconstitucional y arbitaria. Así, recordaron que en los locales que se pretende cerrar se ejerce una actividad “lícita”, como es la prostitución.“La norma cuestionada, al impedir el ejercicio no lesivo de una profesión lícita a personas mayores, con plena capacidad jurídica para decidir sobre su plan de vida, resulta arbitraria e inconstitucional por afectar el ámbito de privacidad”, remarca el amparo .
Y agrega: “Siendo que el objetivo de la llamada ‘Ley de Trata’ N° 10060 es combatir el delito de la trata de personas, como surge de los arts. 7 y 8 de su articulado, la prohibición de funcionamiento de whiskerías, cabarets y lugares de alterne es absolutamente sobreinclusiva y afecta los derechos adquiridos”.
Finalmente, se advierte que la norma cuestionada “viola el ámbito de competencias de la Provincia de Córdoba, invadiendo el ámbito propio del Congreso de la Nación”.
 
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