A través del decreto 1930-18, el Gobierno de la Provincia de Córdoba dispuso el receso para los agentes de la Administración Pública provincial del 2 al 31 de enero próximo.

La medida se fundamenta en que en este periodo se observa “una marcada disminución de trámites y gestiones en distintas áreas del Gobierno Provincial, esto es, menores niveles de actividad y requerimiento de servicios por parte de los ciudadanos y de los Poderes Legislativo y Judicial de la Provincia de Córdoba”.

Además, fundamentan que “un ordenado manejo de los recursos humanos, materiales y energéticos, con miras a la racionalización del gasto público hacen conveniente disponer de este receso administrativo”.

En consecuencia, se otorgará durante ese tiempo la correspondiente licencia anual ordinaria a los agentes de la Administración Pública Provincial centralizada, “con excepción del personal que resulte necesario afectar a guardias mínimas para el cumplimiento de las tareas consideradas indispensables, en cuyo caso deberán ser autorizados por los titulares de las áreas respectivas”.

En tal sentido, cabe señalar que el mismo decreto también exceptúa del receso a áreas del Ministerio de Salud que presten servicios en centros asistenciales; las áreas de Seguridad y Riesgo Climático y Catástrofes; al Servicio Penitenciario, áreas de asistencia y personal que a tal efecto se designe; a las escuelas de ciclo especial de verano; sectores de la Secretaría de Transporte.

También a la Dirección General de Rentas, Dirección de la Policía Fiscal, Registro General de la Provincia, Dirección General de Inspección de Sociedades Jurídicas, Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado, y Registro de Constructores de Obras; entre otras reparticiones.