La Corte Suprema de Justicia resolvió que para el cobro retroactivo de haberes jubilatorios se debe aplicar un índice de cálculo que arroja resultados superiores a los que actualmente emplea la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) y pidió al Congreso que defina un nuevo indicador.

Por mayoría de cuatro votos contra uno el máximo tribunal se pronunció en un caso específico, el de Luis Orlando Blanco, pero que se proyecta a decena de miles de demandas que se tramitan en su seno y en el fuero federal y de la Seguridad Social de todo el país.

Además, la Corte ordenó comunicar al Congreso de la Nación el contenido de la sentencia para que se fije el indicador para la actualización de salarios computables para el cálculo del haber inicial en el periodo 1995-2008.

El máximo tribunal aclaró que hasta que el Congreso dicte la ley de actualización se utilizará el ISBIC (Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción), tal como lo reclamaba Blanco.

En el caso de Blanco, expediente CSJ 42.272/2012,, la Corte rechazó el recurso del Estado y ratificó lo decidido en segunda instancia por la Cámara Federal de Seguridad Social.